9.2.1 La reiteración de conductas incorrectas que impliquen desprecio por el cumplimiento de la normativa establecida.
9.2.2 La violación de leyes y regulaciones nacionales, provinciales o locales dentro de la Universidad, o en el transcurso de actividades promovidas por esta casa de estudios. Si un miembro de la comunidad universitaria es sancionado por el incumplimiento de una norma nacional, provincial o local fuera del ámbito de la Universidad, aunque no se trate de las normas aquí enunciadas, podrá recibir una sanción disciplinaria si aquel incumplimiento constituye una acción de mala conducta grave que implica desconsideración hacia la sociedad en general y hacia la comunidad universitaria en particular.
9.2.3 La adulteración de la documentación oficial de la Universidad
9.2.4 La interferencia con el desarrollo ordenado de un procedimiento legal en el que esté implicada la universidad o uno de sus miembros.
9.2.5 La omisión de un procedimiento legal, sin causa y en forma deliberada.
9.2.6 Desobedecer citaciones enviadas por los cuerpos legales o directivos de esta Universidad.
9.2.7 La falsificación, distorsión o declaración falsa de información ante las autoridades de esta Universidad.
9.2.8 El incumplimiento de la sanción o sanciones impuestas en virtud de las normas vigentes.
9.2.9 El uso sin autorización escrita del nombre, logotipo o isotipo de la Universidad.
9.2.10 El uso no autorizado de las aulas o recintos de la Universidad para actividades ajenas a la misma.
9.2.11 La posesión y/o utilización de medios no autorizados para ingresar a las instalaciones de la Universidad.
9.2.12 Copiar durante una prueba académica. Es decir, utilizar información no autorizada en cualquier tipo de soporte.
9.2.13 La comunicación por cualquier medio entre estudiantes, sin previo permiso, durante los exámenes.
9.2.14 Asumir el nombre de otra persona para realizar un trabajo que constituya un requisito para aprobar una materia.
9.2.15 El plagio total o parcial de artículos o libros publicados en cualquier soporte o inéditos, presentándolos como propios en ideas, trabajos y/o escritos.
9.2.16 Discriminar arbitrariamente por raza, color, religión, nacionalidad, origen étnico, sexo, estado civil, edad, discapacidad o cualquier otro factor.
9.2.17 Abusar física o verbalmente, amenazar, intimidar, hostigar, empujar, golpear, acosar o desarrollar otra conducta que implique amenaza o ponga en riesgo la salud o la vida de alguna persona.
9.2.18 Acosar sexualmente, requerir favores sexuales u otras conductas verbales o físicas que impliquen acoso sexual con o sin amenaza de castigos físicos o académicos, o de promesas de réditos académicos u otros.
9.2.19 Intentar presionar a cualquier miembro de la Universidad utilizando el poder que puede otorgar tener una posición en la Universidad para obtener beneficios de cualquier tipo.
9.2.20 Ofrecer a docentes o administrativos favores o premios con el fin de obtener mejores notas o calificaciones, cambiar las existentes, omitir trabajos, omitir el registro de un aplazo u otras conductas similares. Inducir la asociación con estudiantes, docentes o administrativos para el mismo fin.
9.2.21 Recibir obsequios o beneficios por acciones vinculadas con el cumplimiento de los deberes inherentes a la función. Los miembros de la Universidad sólo pueden recibir u ofrecer obsequios de valor reducido en situaciones sociales especiales, por ejemplo, cuando algún miembro se retira de la Universidad, se recibe a un visitante extranjero, se visita otra casa de estudios, se festeja colectivamente un acontecimiento, etc.
9.2.22 La comercialización o promoción de bienes o servicios en beneficio propio o de terceros dentro del recinto de esta Universidad, sin autorización por escrito de las autoridades universitarias.
9.2.23 Participar en transacciones comerciales (compra de equipos, servicios, etc.) entre la Universidad y una empresa con la cual se tiene relación, sin consentimiento expreso de las autoridades.
9.2.24 La interrupción u obstaculización de las actividades académicas, de investigación, administrativas u otras, organizadas por la Universidad fuera o dentro de sus instalaciones.
9.2.25 Provocar o participar en manifestaciones públicas que interrumpan el funcionamiento normal de la Universidad, violando los derechos de otros miembros que deseen desempeñar normalmente sus tareas.
9.2.26 La obstrucción intencional que interfiera la libertad de movimiento peatonal o vehicular en los ámbitos de ingreso a la Universidad.
9.2.27 La provocación o la influencia sobre otros para que se produzcan desórdenes en las instalaciones de la Universidad o en los lugares donde se desarrollan actividades auspiciadas o promovidas por ella.
9.2.28 Realizar trabajos fuera de la Universidad, sin autorización del Rector o de una autoridad competente, cuando se está ejecutando una tarea asignada por la Universidad.
9.2.29 Realizar cursos o trabajos de consultoría o asesoramiento usando el nombre de la Universidad sin consentimiento explícito de las autoridades correspondientes. Todos los miembros de la comunidad universitaria que no tengan nombramiento de dedicación exclusiva tienen derecho a realizar trabajos privados por cuenta propia o en otras instituciones, siempre que el carácter específico de tales tareas no sea considerado por las autoridades de la Universidad como competencia desleal o como lesivo de los intereses de la Universidad.
9.2.30 Realizar presentaciones científicas en congresos o publicaciones sin indicar que se es miembro de la Universidad, cuando corresponde hacerlo. E inversamente, invocar el nombre de la Universidad cuando no se posee autorización para ello.
9.2.31 Extraer, utilizar, dar, vender, divulgar información privada sobre alumnos, sobre personal, sobre cuestiones administrativas, financieras, académicas o estratégicas de la Universidad para fines que no sean el trabajo en la misma.
9.2.32 La participación en conductas desordenadas u obscenas, o el estímulo de las mismas.
9.2.33 Cometer delitos o actos de vandalismo que ocasionen la destrucción total o parcial de los bienes de la Universidad incluida la información almacenada en cualquier medio.
9.2.34 Hurtar, robar o intentar robar o dañar bienes de la Universidad o de sus miembros.
9.2.35 Consumir, tener o traficar bebidas alcohólicas o drogas en el ámbito de la Universidad, excepto las expresamente autorizadas por la ley o por las regulaciones de esta Universidad, y en las áreas y ocasiones estipuladas.
9.2.36 Consumir, tener o traficar narcóticos u otras sustancias prohibidas en el ámbito de la Universidad.
9.2.37 Poseer armas de fuego, explosivos u otros dispositivos o compuestos químicos peligrosos en el ámbito de las instalaciones de la Universidad. No está permitido el ingreso con armas a la Universidad, ni aún en los casos en que el portador posea permiso de las autoridades nacionales.