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Reglamento
- La
Biblioteca facilitará en préstamo
a los docentes, estudiantes y empleados
de la Universidad CAECE el material bibliográfico
habilitado para tal fin.
-
Para consultar material bibliográfico,
retirar o renovar préstamos a domicilio,
los usuarios deberán presentar
el carnet de Biblioteca que los acredite
como tales.
-
Quienes no se encuadren en las categorías
antedichas, sólo podrán
realizar consultas en sala de lectura
presentando documento de identidad (cédula
o DNI, no se aceptará ningún
otro tipo de credenciales)
-
Para la confección del carnet de
Biblioteca, es necesario presentar:
- Alumnos:
1 foto carnet y comprobante de inscripción
en materias del cuatrimestre en curso
o chequera de pago que acredite su
condición de alumno activo.
- Docentes:
1 foto carnet, resolución de
Rectorado que acredite su nombramiento
y/o recibo de sueldo.
- Empleados:
1 foto carnet y recibo de sueldo.
- Se
emplearán dos sistemas de préstamo:
consulta en sala de lectura y préstamo
a domicilio. En ambos casos el trámite
será personal e intransferible,
no así la devolución del
material, que puede ser realizada por
terceros.
-
Consulta en sala de lectura. Los materiales
sujetos a este préstamo son:
- Obras
agotadas o de difícil reposición.
- Obras
de las cuales la biblioteca posee
un solo ejemplar.
- Enciclopedias,
Diccionarios, Indices Bibliográficos,
Revistas de resúmenes, Guías,
Anuarios y todo otro material considerado
de referencia.
- Monografías
realizadas por alumnos de la universidad.
- Publicaciones
Periódicas.
- 7.
El préstamo domiciliario se realizará
por un plazo máximo de siete días
y se podrán tener hasta dos volúmenes.
Las obras que se presten a domicilio deberán
ser reintegradas indefectiblemente en
la fecha fijada. El préstamo a
domicilio de un volumen podrá ser
renovado siempre que no medie reserva
del mismo. Para solicitar la renovación
es indispensable la presentación
de la obra correspondiente. Quien retire
un volumen no podrá reservarlo
para la fecha de vencimiento del préstamo:
debe mediar la devolución de la
obra a la biblioteca y la solicitud de
tenencia por un nuevo período.
-
Cuando el volumen requerido esté
prestado, el interesado, podrá
reservarlo.
El pedido será respetado hasta
la hora de cierre del día siguiente
al que fue reservado; vencido este plazo
la reserva será cancelada.
-
Toda anulación de reserva debe
ser comunicada a la Biblioteca, antes
del vencimiento del plazo indicado en
el punto anterior. El incumplimiento de
esta norma dará lugar a la aplicación
de una suspensión por siete días
en el uso de la biblioteca.
-
El atraso en la devolución del
material bibliográfico dará
lugar a las siguientes sanciones:
- Préstamo
a domicilio:
-
1 día de atraso: 1 semana
de suspensión.
- 2
días de atraso: 2 semanas
de suspensión.
- 3
días de atraso: 3 semanas
de suspensión.
- 4
días de atraso : 1 mes
de suspensión
- 5
días de atraso: 7 semanas
de suspensión.
- 6
días de atraso: 2 meses
de suspensión.
- 7
a 10 días de atraso: 4
meses de suspensión.
- más
de 10 días: 1 año
de suspensión.
- Consulta
en sala:
- Diez
días de suspensión
en el uso de la Biblioteca por
cada día de atraso.
Los alumnos no podrán rendir
exámenes finales ni recibir
su título, hasta tanto
no regularicen su situación.
Cuando las demoras en la devolución
se produzcan dentro de los cinco días
hábiles anteriores a exámenes
(parciales y finales), la Biblioteca se
reserva el derecho de modificar las sanciones
Los casos no contemplados en la presente
reglamentación serán resueltos
por la Dirección de la Biblioteca.
-
La Dirección de Biblioteca confeccionará
las listas de morosos, que serán
comunicadas a Secretaría Académica.
-
El usuario se hace responsable por el
o los materiales que recibe en préstamo.
Si éstos se devuelven deteriorados
o no se devuelven, cualquiera fuera el
motivo, deberán ser repuestos en
el plazo que se establezca. Aunque sobrentendido,
queda expresamente prohibido quitar hojas,
retirar ilustraciones, escribir y subrayar,
o señalar los volúmenes
prestados.
- Material
Especial:
- Tests
Psicométricos: este material
será facilitado únicamente
para el dictado de clases en la institución
y debe ser retirado y devuelto por
el docente a cargo del curso. Los
alumnos que estén cursando
la asignatura Práctica Profesional
Anual, de la Licenciatura en Psicopedagogía,
podrán también acceder
a este material.
- Videos:
serán facilitados únicamente
para el dictado de clases en la institución
y deberán ser retirados y devueltos
por el docente a cargo del curso.
Es necesario reservarlo con anticipación,
indicando su número, de acuerdo
con el listado correspondiente.
- El
solo hecho de utilizar los servicios de
la Biblioteca significará asentimiento
del usuario para la aplicación
del presente reglamento.
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