El proyecto, solicitando la aprobación de las cuatro carreras
dependientes del Área de Ciencias Pedagógicas y
la validez nacional de los títulos, fue aprobado el 25
de agosto de 1978 por la Resolución del Ministerio de Cultura
y Educación de la Nación Nº 1148. El dictado
de las asignaturas de primer año se inició en marzo
de 1979.
El
Plan elaborado en 1979 fue el único vigente hasta 1993
inclusive. En 1994 tuvo lugar la primera modificación cuyo
objetivo fue eliminar la especialización en el nivel de
grado. Es importante señalar que las modificaciones realizadas
en 1994 fueron principalmente de orden práctico: adecuar
los planes de carrera a la demanda de los alumnos. La actualización
de los contenido de la carrera se fue realizando a lo largo de
dieciséis años mediante la incorporación
de nueva bibliografía en las asignaturas.
El
plan aprobado en la Resolución Ministerial Nº 1148
del año 1978 planteó la formación universitaria
de los maestros. Esta formación quedó plasmada en
el título intermedio (cuatro años) de la licenciatura
en Pedagogía con especialización en Educación
Primaria. Asimismo, reconoció la función del licenciado
en Psicopedagogía en la Escuela Común a través
de la especialización en Orientación Educacional,
Vocacional y Profesional, propuso un asesor pedagógico
para la Educación Media y Superior a través de la
licenciatura en Pedagogía con tal orientación y
dio cabida a las especializaciones mas tradicionales con el Profesorado
en Pedagogía para la Enseñanza Media y Superior
y los títulos de Psicopedagogo y la Licenciatura en Psicopedagogía
con especialización en Reeducación, pensados para
responder a las necesidades de la Educación Especial. El
proyecto cubría las necesidades pedagógicas básicas
de la Escuela Común y de la Educación Especial.
La
modificación del plan en 1994, consistió en la elaboración
de una carrera de licenciatura en Psicopedagogía que reunía
las dos especializaciones, es decir, que abarcaba en su contenido
los aspectos correspondientes a la reeducación; la orientación
vocacional y profesional y la orientación educacional.
El nuevo plan mantuvo el título intermedio de Psicopedagogo
especializado en Reeducación.
Aunque
el título intermedio conservó el mismo nombre, variaron
los requisitos. En el Plan 1979 se exigía la aprobación
de todas las materias correspondientes a los cuatro primeros años.
En el Plan 1994 se incluyó además la Práctica
Profesional de quinto año. El plan modificado entró
en vigencia en 1994. La Resolución Ministerial Nº
2128 del 29 de agosto de 1994 otorgó validez nacional a
ambos títulos: Licenciado en Psicopedagogía y Psicopedagogo
especializado en Reeducación. Posteriormente, en 1996,
se elevó al Ministerio de Educación la alternativa
de realizar una práctica psicopedagógica optativa
durante cuarto año con el fin de obtener el título
de Psicopedagogo especializado en Reeducación al completar
ese año.
En
1996, la Resolución de Rectorado Nº 189 del 5 de agosto,
introdujo nuevos cambios en el plan de esta licenciatura. Sin
disminuir significativamente la carga horaria, el plan se redujo
de cinco a cuatro años, siguiendo las tendencias internacionales
y el consenso de los especialistas del país.
El
Plan 1997 mantuvo el perfil y las características de la
carrera desarrollada en 1994. Una diferencia importante fue la
sustitución del título intermedio de “Psicopedagogo
especializado en Reeducación” por el de “Asistente
Psicopedagógico”. Este cambio fue consecuencia de
la reducción del tiempo de estudio. En tres años
no se pudieron cumplir todos los requisitos de formación
exigidos por las incumbencias del título. La Resolución
del Ministerio de Cultura y Educación Nº 538 del 14
de abril de 1997 otorgó validez nacional al título
de Asistente Psicopedagógico.
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LICENCIATURA
EN PSICOMOTRICIDAD
La licenciatura
en Psicomotricidad fue creada por la Resolución de Rectorado
Nº 348 del 26 de octubre de 1997 y se incorporó como
carrera al departamento. Sin antecedentes en el ámbito
universitario pero con trayectoria en el nivel terciario, el proyecto
final fue elevado a la Dirección Nacional de Gestión
Universitaria el 10 de marzo de 1999. La validez nacional del
titulo de Licenciado en Psicomotricidad fue otorgada por la Resolución
del Ministerio de Cultura y Educación Nº 564 del 12
de agosto de 1999.
La
carrera de licenciatura en Psicomotricidad tiene un plan de cuatro
años con un título intermedio de Técnico
en Educación Psicomotriz, cuya validez nacional ha sido
otorgada por la Resolución Ministerial Nº 96 del 15
de abril de 2002. El objetivo de la carrera es formar profesionales
preparados para promover el desarrollo psicomotor, atender y prevenir
trastornos en el desarrollo psicomotor, ejercer la docencia terciaria
y universitaria y participar en investigaciones del área.
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LICENCIATURA
EN PSICOLOGIA SOCIAL
Con
fecha 20 de octubre de 1999 por Resolución Ministerial
N° 1214, el Ministerio de Cultura y Educación de la
Nación otorgó reconocimiento oficial y su consecuente
validez nacional al titulo de Licenciado en Psicología
Social que expide la Universidad CAECE.
Con
fecha 10 de diciembre de 1999 la Universidad CAECE firmó
un Convenio de Articulación con la Escuela de Psicología
Social del Sur (Quilmes). En dicho convenio se acordó que
los alumnos egresados de la escuela, que hubieran cumplido todos
los requisitos del Plan aprobado por la Resolución Nº
992/93 del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación
(y otros similares), podían ingresar a tercer año
de la Licenciatura en Psicología Social de la Universidad
CAECE.
Dicho
convenio se firmó luego de analizar la formación
otorgada por la escuela, a través del estudio de su plan
y de la comparación con el Plan de la Licenciatura de la
Universidad. A partir de esta evaluación se elaboró
el currículo de articulación que corresponde casi
exactamente a los años tercero y cuarto de la carrera de
grado que dicta la universidad.
Desde
2000 hasta 2003 ingresaron más de cien alumnos. La mayoría
son egresados de la Escuela de Psicología Social del Sur
o recibidos en otros institutos terciarios cuyos planes de formación
se rigen por la Resolución 992/93 del Ministerio de Cultura
y Educación de la Nación y similares (Resoluciones
Nº 679/94, 14286/97 y 4521/98 de la Dirección de Escuelas
y Cultura de la Provincia de Buenos Aires). Todos los alumnos
ingresaron en la universidad luego de realizar el trámite
de equivalencias correspondiente, presentando el certificado analítico
del secundario y el de la carrera terminada en la Escuela de Psicología
Social, expedido por la Jurisdicción junto con todos los
programas de las materias cursadas, debidamente legalizados.
Asimismo,
la universidad abrió la posibilidad de articulación
a todas las instituciones oficialmente reconocidas cuyas planes
estuvieran comprendidos en las Resoluciones citadas. Los convenios
se realizan a través de la Dirección de Articulación
Universitaria que analiza sus planes con el fin de evaluar las
posibilidad de articulación.
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